Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 64 de la Ley Registral para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando inscribes algo de una empresa o asociación (como cambios de dueños o reglas) en el Registro Público, ese registro sirve para que los socios lo sepan y también protege a personas ajenas, como clientes o proveedores. El efecto legal empieza desde el momento en que se anota en el Registro, no antes. Eso significa que si no está inscrito, los socios o terceros no pueden reclamar que lo sabían. Es como si el Registro fuera el aviso oficial para todos.

Texto oficial

Artículo 64.- Las inscripciones que se practiquen en los folios relativos a personas jurídicas colectivas, en tanto se inscriban en el Registro, surtirán efectos entre los socios y sólo en beneficio de terceros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.