Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 3 de la Ley del Seguro de Desempleo para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobernador del Estado es el encargado de hacer que esta ley se cumpla, pero no lo hace solo. Para eso, se apoya en tres dependencias: la Secretaría del Trabajo, la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Desarrollo Económico. Básicamente, estas oficinas son las que se encargan de los trámites y de vigilar que todo se aplique correctamente.

Texto oficial

Artículo 3.- La aplicación de esta Ley corresponde al Gobernador del Estado, por conducto de la Secretaría del Trabajo, la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Desarrollo Económico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.