Artículo 5 de la Ley del Seguro de Desempleo para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Desarrollo Económico siempre tienen que crear programas y políticas públicas para ayudar a la gente sin empleo. Su trabajo es capacitar a los desempleados, meterlos o regresarlos al mercado laboral, y asegurarse de que tengan un trabajo digno y socialmente útil, como lo dice la Constitución. En otras palabras, estas dependencias deben poner acciones en marcha para que encuentres un buen empleo.
Texto oficial
Artículo 5.- Para la consecución de los fines de esta Ley, tanto la Secretaría del Trabajo como a la Secretaría de Desarrollo Económico tendrán, en todo momento, la obligación de promover políticas públicas y programas que propicien la capacitación, la integración y/o reintegración al mercado laboral de los desempleados; así como al ejercicio del derecho constitucional de empleo digno y socialmente útil. Capítulo Segundo De las Autoridades
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.