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Artículo 5 de la Ley del Seguro de Desempleo para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Desarrollo Económico siempre tienen que crear programas y políticas públicas para ayudar a la gente sin empleo. Su trabajo es capacitar a los desempleados, meterlos o regresarlos al mercado laboral, y asegurarse de que tengan un trabajo digno y socialmente útil, como lo dice la Constitución. En otras palabras, estas dependencias deben poner acciones en marcha para que encuentres un buen empleo.

Texto oficial

Artículo 5.- Para la consecución de los fines de esta Ley, tanto la Secretaría del Trabajo como a la Secretaría de Desarrollo Económico tendrán, en todo momento, la obligación de promover políticas públicas y programas que propicien la capacitación, la integración y/o reintegración al mercado laboral de los desempleados; así como al ejercicio del derecho constitucional de empleo digno y socialmente útil. Capítulo Segundo De las Autoridades

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.