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Ley
Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco en el Estado de México
Artículo
19

Artículo 19 de la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En términos simples, cualquier persona puede ir a la autoridad correspondiente (como la Profeco o la dependencia encargada) para levantar una queja si ve que alguien no está cumpliendo con lo que dice esta ley, su reglamento o las reglas relacionadas. No necesitas ser un abogado ni un experto para hacerlo, solo haber notado que algo no se está haciendo como debe ser. Tú puedes presentar esa queja de manera directa y sin mucho rollo. Básicamente, la ley te da el derecho de reportar cuando algo no se está respetando. Es como un "vigilante ciudadano" para asegurarse de que todos cumplan.

Texto oficial

Artículo 19.- Cualquier persona podrá presentar ante la autoridad correspondiente, una queja en caso de que observe el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco en el Estado de México (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.