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Artículo 23 de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 23 dice quiénes forman parte del Consejo. Primero, entra una persona que represente a la CODHEM, que es la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México. También estará el director general del Instituto, quien hará de secretario técnico. Además, habrá tres personas elegidas por grupos de personas con discapacidad del estado, y otras tres que sean expertas en el tema (como maestros o investigadores). Por último, el Consejo será encabezado por alguien que los mismos miembros elijan.

Texto oficial

Artículo 23. El Consejo estará integrado por: I. Una persona representante de la CODHEM; II. Una Secretaría Técnica, que será la persona titular de la Dirección General del Instituto; III. Tres personas designadas como representantes de las organizaciones de personas con discapacidad de la entidad; IV. Tres personas que acrediten ser expertas en el tema de discapacidad, y que podrán ser académicos o investigadores, y V. El Consejo será presidido por una persona representante designada por sus integrantes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.