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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley19/135
Ley
Ley del Notariado del Estado de México
Artículo
135

Artículo 135 de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los notarios que trabajan en el Estado de México deben pertenecer al Colegio de Notarios, que es como un grupo o asociación que los reúne. Este Colegio tiene su oficina principal en la capital del estado (Toluca) y es como una persona legal, o sea, puede hacer contratos y tener su propio dinero y bienes. Además, el Colegio está obligado a ayudar a cualquier autoridad, institución u otro grupo que se lo pida. En pocas palabras, es una organización que une a los notarios y trabaja con el gobierno.

Texto oficial

Artículo 135.- Los notarios del Estado de México formarán parte del Colegio, el cual tendrá como sede la capital; contará con personalidad jurídica y patrimonio propios y colaborará con las autoridades, instituciones, organismos y colegios que lo soliciten.

Ver texto oficial de la Ley del Notariado del Estado de México (pág. 30) ↗

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