Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 138 ter de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El colegio de notarios va a crear un reglamento que diga cómo se va a organizar y cómo va a funcionar el Instituto de Estudios Notariales. Ese instituto es como una escuela o centro donde los notarios pueden capacitarse o hacer investigaciones. El reglamento lo emitirá el colegio para que todo esté ordenado. El capítulo sobre el Fondo de Garantía del Notariado ya no es válido, fue eliminado de la ley.

Texto oficial

Artículo 138 ter.- El colegio emitirá el reglamento que regule la organización y funcionamiento del Instituto de Estudios Notariales. CAPITULO TERCERO DEL FONDO DE GARANTÍA DEL NOTARIADO Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.