Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley19/140
- Ley
- Ley del Notariado del Estado de México
- Artículo
- 140
Artículo 140 de la Ley del Notariado del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 140 fue eliminado de la ley, ya no existe. Cuando una ley dice "derogado" significa que ese artículo ya no está vigente y no tienes que preocuparte por él. Por lo tanto, no aplica para nada ni te obliga a hacer o dejar de hacer algo.
Texto oficial
Artículo 140. Derogado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.