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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley19/140
Ley
Ley del Notariado del Estado de México
Artículo
140

Artículo 140 de la Ley del Notariado del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 140 fue eliminado de la ley, ya no existe. Cuando una ley dice "derogado" significa que ese artículo ya no está vigente y no tienes que preocuparte por él. Por lo tanto, no aplica para nada ni te obliga a hacer o dejar de hacer algo.

Texto oficial

Artículo 140. Derogado.

Ver texto oficial de la Ley del Notariado del Estado de México (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.