Artículo 161 de la Ley del Notariado del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, la Consejería Jurídica (que es una dependencia del gobierno) va a sacar y publicar en la Gaceta del Gobierno (el diario oficial) una tabla llamada Arancel. Esa tabla le dice a los notarios cuánto pueden cobrar por su trabajo de forma legal. El costo se calcula con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es un valor en pesos que el gobierno actualiza cada año. Así, los notarios tienen que ajustar sus honorarios a esos precios, sin pasarse.
Texto oficial
Artículo 161.- La Consejería Jurídica expedirá y publicará anualmente en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el Arancel al que los Notarios deberán sujetar el cobro de sus honorarios, el cual se determinará conforme a la Unidad de Medida y Actualización.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.