Artículo 35 de la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si tú le dices al hospital cómo quieres ser tratado o no en el futuro (esto se llama "declaración de voluntad anticipada"), los doctores tienen que poner ese documento en tu expediente clínico. El expediente clínico es el archivo donde guardan toda tu información médica. Así, el personal de salud está obligado a seguir lo que tú pediste.
Texto oficial
Artículo 35.- La declaración de voluntad anticipada se debe agregar al expediente clínico de la/el paciente, a efecto de que el personal de salud cumpla con sus disposiciones en los términos prescritos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.