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Artículo 47 de la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un doctor decide por su cuenta dejar de atender a un paciente sin avisarle a él, a su familia o a la persona que lo representa, se mete en problemas legales. O sea, no puede simplemente abandonar el tratamiento porque sí, sin el permiso de alguien. Si lo hace, las autoridades lo van a sancionar según lo que digan las leyes. Esto aplica aunque el médico ya no quiera seguir dando el cuidado médico.

Texto oficial

Artículo 47.- El personal médico que, por decisión propia, deje de proporcionar cualquier tratamiento o cuidado de la/el paciente, sin su consentimiento o, en su caso, el de su familia o representante será sancionado conforme a las leyes aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.