Artículo 47 de la Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un doctor decide por su cuenta dejar de atender a un paciente sin avisarle a él, a su familia o a la persona que lo representa, se mete en problemas legales. O sea, no puede simplemente abandonar el tratamiento porque sí, sin el permiso de alguien. Si lo hace, las autoridades lo van a sancionar según lo que digan las leyes. Esto aplica aunque el médico ya no quiera seguir dando el cuidado médico.
Texto oficial
Artículo 47.- El personal médico que, por decisión propia, deje de proporcionar cualquier tratamiento o cuidado de la/el paciente, sin su consentimiento o, en su caso, el de su familia o representante será sancionado conforme a las leyes aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.