- Ley
- Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
- Artículo
- 32
Artículo 32 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Oficialía Mayor, los tribunales administrativos, los ayuntamientos y otras entidades del gobierno son los encargados de hacer las licitaciones públicas, que es un proceso para contratar servicios o comprar cosas de manera justa y transparente. Ellos deben seguir las reglas de esta ley para que todo se haga correctamente.
Texto oficial
Artículo 32.- La Oficialía Mayor, las entidades, los tribunales administrativos y los ayuntamientos, en términos de esta Ley, serán los responsables de llevar a cabo el procedimiento de licitación pública.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.