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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley192/32
Ley
Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Artículo
32

Artículo 32 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Oficialía Mayor, los tribunales administrativos, los ayuntamientos y otras entidades del gobierno son los encargados de hacer las licitaciones públicas, que es un proceso para contratar servicios o comprar cosas de manera justa y transparente. Ellos deben seguir las reglas de esta ley para que todo se haga correctamente.

Texto oficial

Artículo 32.- La Oficialía Mayor, las entidades, los tribunales administrativos y los ayuntamientos, en términos de esta Ley, serán los responsables de llevar a cabo el procedimiento de licitación pública.

Ver texto oficial de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios (pág. 9) ↗

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