Artículo 37 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El comité encargado de compras y servicios va a revisar cada propuesta que llegue para checar que cumpla con todos los papeles y requisitos que se pidieron en la licitación. Después de analizar qué tan buenas son las ofertas, va a escoger al proveedor o proveedores que cumplan con todo lo que la empresa o el gobierno necesita (como documentos, dinero, leyes y capacidad técnica). Todo esto se hace para asegurar que se consiga lo mejor posible en precio, calidad, plazos y formas de pago.
Texto oficial
Artículo 37.- El comité de adquisiciones y servicios realizará el análisis y evaluación de las propuestas, mediante la verificación del cumplimiento de la información y de la documentación solicitada en las bases de la licitación y conforme al criterio establecidas en las mismas. Una vez efectuado el análisis cualitativo de las propuestas presentadas, emitirá el dictamen de adjudicación a favor del oferente u oferentes que reúnan los requisitos administrativos, financieros, legales y técnicos requeridos por la convocante; garantizando en todo momento la obtención de las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.