Artículo 33 de la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro Estatal va a proponer formas de conseguir dinero para proyectos de la sociedad civil, pero primero necesita que el Secretario Ejecutivo le dé el visto bueno. Estos proyectos deben enfocarse en temas importantes de prevención social y hacerse en zonas donde realmente se necesiten. Todo tiene que seguir las reglas que ponga el Consejo Estatal, y se deben coordinar las acciones para que no se dupliquen ni se desperdicien los recursos. En pocas palabras, buscan que el apoyo económico llegue bien y sin empalmarse con otros programas.
Texto oficial
Artículo 33. El Centro Estatal propondrá previa aprobación del Secretario Ejecutivo, el desarrollo de mecanismos de financiamiento para proyectos de la sociedad civil en las zonas que tengan incidencia directa en temas prioritarios de prevención social, con base en los lineamientos que emita el Consejo Estatal, asegurando la coordinación de acciones para evitar la duplicidad en la aplicación de los recursos. TÍTULO SEXTO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COMUNITARIA Capítulo Primero Disposiciones Generales
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