- Ley
- Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La prevención social se divide en cuatro áreas principales. La primera es el ámbito social, que busca mejorar las condiciones de vida y reducir problemas como la pobreza o la desigualdad. La segunda es el ámbito comunitario, que trabaja con la gente de un barrio o colonia para fortalecer la convivencia. La tercera es el ámbito situacional, que se enfoca en modificar lugares o espacios físicos para evitar delitos. La cuarta es el ámbito psicosocial, que atiende factores emocionales y de comportamiento para prevenir conductas de riesgo.
Texto oficial
Artículo 7. La prevención social incluye los siguientes ámbitos: I. Social. II. Comunitario. III. Situacional. IV. Psicosocial. Sección Primera Del Ámbito Social
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.