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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San José del Rincón, México
Artículo
12

Artículo 12 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San José del Rincón, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Directivo (el grupo que toma las decisiones importantes) debe reunirse normalmente al menos cada tres meses, pero puede hacerlo más seguido si hace falta. Para que la junta sea legal, tiene que estar presente más de la mitad de sus miembros. Las decisiones se toman cuando la mayoría de los que están en la reunión votan a favor, o si todos están de acuerdo. Si hay empate en una votación, el Presidente decide con su voto extra.

Texto oficial

Artículo 12.- El Consejo Directivo sesionará de forma ordinaria por lo menos cada tres meses, y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario. Para que el Consejo pueda sesionar válidamente, se requerirá la presencia de la mitad de sus integrantes más uno, y sus resoluciones serán válidas cuando sean aprobadas por mayoría de votos o unanimidad de los presentes en la sesión; en caso de empate, el Presidente tiene el voto de calidad.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San José del Rincón, México (pág. 3) ↗

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