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Artículo 102 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a crear un sistema llamado "Sistema de Información del Agua", que servirá para juntar y organizar toda la información importante sobre el agua en el país. Este sistema se tiene que armar siguiendo las reglas que marca esta Ley y su Reglamento. En otras palabras, van a tener un registro oficial donde se guardarán datos como cuánta agua hay, cómo se usa y quién la ocupa.

Texto oficial

Artículo 102.- La Secretaría constituirá el Sistema de Información del Agua conforme a la presente Ley y su Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.