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Artículo 107 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los que ofrecen servicios deben buscar una certificación para lo que ofrecen, o sea, un sello oficial que demuestre que lo hacen bien. Eso es para que el servicio sea mejor y más confiable para ti como cliente. No es obligatorio, pero se los pide la ley para que se esfuercen en dar buena calidad. En corto, se trata de que los negocios comprueben que sí saben hacer su chamba.

Texto oficial

Artículo 107.- Los prestadores de los servicios promoverán la certificación de los servicios que otorgan con el propósito de mejorar la calidad de los mismos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.