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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley2/116
Ley
Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Artículo
116

Artículo 116 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una concesión es un permiso del gobierno para usar o aprovechar algo público, como una carretera o un servicio. Este permiso se puede dar por hasta 30 años. Si cumples con todas las reglas, lo puedes renovar por otros 30 años más, es decir, el mismo tiempo que duró al principio. También existe la posibilidad de que decidas acortar el plazo antes de que se termine. Todo esto se hace siguiendo lo que dice esta ley y su reglamento.

Texto oficial

Artículo 116.- Las concesiones podrán otorgarse hasta por un plazo de treinta años y, de cumplirse con las condiciones de la concesión, podrán ampliar su vigencia hasta por un plazo igual al de la concesión original, o bien disminuir el plazo aún antes de que concluya su vigencia, en términos de la presente Ley y su Reglamento.

Ver texto oficial de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.