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Artículo 119 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una concesión y quieres más tiempo para usarla, debes mandar una carta a la Secretaría pidiendo el cambio de plazo. Ellos tienen 60 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para responderte, contando desde que entregas tu solicitud. Si te la aceptan, la Secretaría va a fijar nuevas reglas para tu concesión, tomando en cuenta cuánto dinero has invertido, los gastos futuros para mejorar o ampliar el servicio, y otros cálculos financieros para que el negocio siga siendo rentable.

Texto oficial

Artículo 119.- El concesionario deberá presentar a la Secretaría, por escrito, solicitud de modificación del plazo, debidamente requisitada; la Secretaría contestará dentro de los sesenta días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la misma. La Secretaría establecerá, en su caso, las nuevas condiciones de la concesión, para lo cual deberá tomar en cuenta: I. La inversión; II. Los costos futuros de ampliación y mejoramiento; y III. Las demás proyecciones financieras y operativas que considere la rentabilidad de la concesión. Sección Tercera De los Derechos y Obligaciones de los Concesionarios

Ver ley oficial en el DOF (pág. 48) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.