Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 13 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 13 dice quiénes son los encargados de hacer que funcione el sistema del agua en el Estado de México. Las autoridades responsables son: el Gobernador, una Secretaría (no especificada), la Comisión del Agua del Estado de México, la Comisión Técnica, los municipios y los organismos que operan el servicio de agua. Estas autoridades tienen que cumplir con lo que pide la ley para que todos los usuarios tengan acceso al agua potable.

Texto oficial

Artículo 13.- Las autoridades encargadas de la ejecución del Sistema Estatal del Agua serán las siguientes: I. El Gobernador del Estado; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de febrero de 2013. Última reforma POGG 05 de abril de 2024. LEY DEL AGUA PARA EL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 13 II. La Secretaría; III. La Comisión del Agua del Estado de México; IV. La Comisión Técnica del Agua del Estado de México; V. Los Municipios del Estado; y VI. Los organismos operadores. Las autoridades satisfarán las necesidades de agua potable de los usuarios, en los términos y bajo las modalidades previstas en la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.