Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 133 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir permiso de uso de agua, debes presentar una solicitud por escrito, ya sea en papel o por internet. En ese documento tienes que incluir tu nombre, dirección, de dónde sacarás el agua, cuánta necesitas y para qué la usarás (por ejemplo, para regar o para tu negocio). También debes especificar si descargarás aguas sucias y cómo piensas tratarlas, el proyecto de las obras necesarias y un permiso del Ayuntamiento o del organismo de agua de tu ciudad. Por último, indica por cuánto tiempo la quieres (máximo 15 años) y firma de tu puño y letra o con tu firma electrónica.

Texto oficial

Artículo 133. Para los efectos del artículo anterior, se deberá presentar solicitud por escrito en formato físico o electrónico. La solicitud de asignación de agua deberá contener al menos lo siguiente: I. Nombre y domicilio del solicitante; II. La fuente del agua cuya asignación se solicita; III. El volumen de agua que solicita en asignación y consumo requeridos; IV. El uso o usos que se dará al agua, debiendo especificarse cada uno de ellos; V. En su caso, el punto de descarga de las aguas residuales; VI. En su caso, el proyecto de las obras que requiere realizar o las características de las obras existentes para la explotación, uso o aprovechamiento, así como, en su caso, las respectivas para la descarga y/o tratamiento de las aguas residuales, y/o los procesos para su reúso; VII. El acuerdo del Cabildo para autorizar la suscripción del Convenio o la autorización del Consejo Directivo del organismo operador, según sea el caso; y VIII. El plazo por el que solicita la asignación, que no deberá exceder de quince años. Conjuntamente con la solicitud de asignación, se solicitará, en su caso, el permiso de descarga de aguas residuales y el permiso para la realización de las obras que se requieran. En la solicitud deberá constar la firma autógrafa o electrónica avanzada y el sello electrónico en su caso, de la persona autorizada, de acuerdo al formato en que haya sido entregado el escrito.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.