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Artículo 136 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los acuerdos de asignación pueden durar hasta 15 años, pero si quieres que sigan vigentes después de ese tiempo, puedes renovarlos. Para hacerlo, solo necesitas firmar un documento legal que actualice el contrato. Eso sí, la renovación no es automática: tienes que hacer el trámite por escrito. En pocas palabras, el plazo máximo es de 15 años, pero se puede extender si ambas partes están de acuerdo y lo firman.

Texto oficial

Artículo 136.- Los convenios de asignación a que se refiere el presente capítulo, podrán tener una vigencia de hasta quince años, misma que podrá ser prorrogada, mediante la suscripción del instrumento jurídico correspondiente para modificar el convenio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.