- Ley
- Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
- Artículo
- 47
Artículo 47 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno federal, el estatal y el municipal no son los únicos que deciden cómo se maneja el agua. Este artículo dice que tanto las empresas privadas como las organizaciones de la sociedad civil (como cooperativas o asociaciones de vecinos) también pueden participar para ponerse de acuerdo en las reglas y los detalles técnicos. Esas reglas aplican para construir, reparar, operar y mantener todo lo relacionado con el agua potable, el drenaje, el tratamiento de aguas negras y hasta el reúso de lo que queda después de limpiarla. En resumen, todos los sectores trabajan juntos para que el servicio de agua funcione bien en tu colonia o ciudad.
Texto oficial
Artículo 47.- Los sectores social y privado participarán, en coordinación con los gobiernos federal, estatal y municipal, en el establecimiento de las políticas, lineamientos y especificaciones técnicas conforme a las cuales deberá efectuarse la construcción, ampliación, rehabilitación, administración, operación, conservación y mantenimiento de los sistemas de suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento de aguas residuales y la disposición final de sus productos resultantes, y su reúso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.