Artículo 72 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 72 habla sobre cómo se instalan los medidores de agua en casas o negocios. La empresa de agua, con permiso de su consejo, se encarga de que cada propiedad tenga su propio medidor y contrato independiente. Tú, como usuario, tienes la obligación de pagar la instalación de ese medidor y también de cuidarlo y mantenerlo, aunque la empresa puede decidir pagarlo si su consejo lo autoriza. Si vives en un departamento o condominio, todos los dueños son responsables juntos de pagar el agua que se use en las áreas comunes. Además, si vendes o rentas tu casa o local, debes avisar a la empresa de agua dentro de los 30 días hábiles siguientes al cambio de dueño o inquilino.
Texto oficial
Artículo 72.- Tomando en consideración las características de las zonas de su correspondiente municipio y previa aprobación de su Consejo Directivo, los prestadores de los servicios llevarán a cabo los actos necesarios para que en cada predio, vivienda o establecimiento, se instale una toma domiciliaria independiente con contrato y medidor, que cumpla con la normatividad correspondiente. En el supuesto a que se refiere el párrafo anterior será obligatorio para los usuarios y correrá a su cargo el costo por la instalación de aparatos medidores de consumo de agua potable, así como su cuidado y mantenimiento. Con la autorización del Consejo Directivo del organismo operador, éste puede absorber dichos costos. En el caso de inmuebles sujetos al régimen de propiedad en condominio, los usuarios serán responsables solidarios del pago por el consumo de agua que se realice para el servicio común del propio condominio. Los propietarios o poseedores de los predios, viviendas o establecimientos tendrán la obligación de informar al prestador del servicio, el cambio de usuario del inmueble respectivo, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que suceda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.