Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 94 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión, los municipios y las empresas que manejan el agua deben meter al subsuelo la mayor cantidad posible de agua ya limpia (agua tratada). Esa agua debe cumplir con las reglas oficiales de calidad. Esto es especialmente importante en zonas donde la gente toma agua de mantos acuíferos que ya están muy gastados o secos. Por eso, la Secretaría le va a pedir al Gobierno Federal que le dé al Estado una compensación económica por la cantidad de agua tratada que se inyecte al subsuelo.

Texto oficial

Artículo 94.- La Comisión, los municipios y los organismos operadores procurarán inyectar al subsuelo el mayor volumen posible de agua tratada, de una calidad que satisfaga lo establecido por las normas oficiales mexicanas, especialmente en zonas donde se localicen centros de población que se abastezcan de agua potable proveniente de acuíferos sobreexplotados. Derivado de lo anterior, la Secretaría solicitará al Gobierno Federal se otorguen al Estado compensaciones por la cantidad de agua tratada que se inyecte al subsuelo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.