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Artículo 117 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Pleno (que es el grupo de personas que toman las decisiones más importantes en el órgano de justicia) se junta de forma presencial, es decir, cara a cara, en un salón oficial que está en Toluca o en otra región que se elija según lo que se necesite. Esto aplica solo para cuando el Órgano de Administración Judicial está en su período de sesiones, que son las fechas en las que trabaja de manera oficial. Básicamente, las juntas importantes deben ser en persona y en un lugar que ya esté designado, aunque pueden cambiarlo si hace falta.

Texto oficial

Artículo 117. El Pleno sesionará de forma presencial en el salón oficial de Plenos designado en la ciudad de Toluca o en la región que se decida de acuerdo con las necesidades requeridas. Período de sesiones del Órgano de Administración Judicial

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.