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Artículo 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las y los jueces del Tribunal de Disciplina Judicial deben actuar sin dejarse influenciar por nadie y sin favorecer a ninguna persona al hacer su trabajo. Esto significa que investigan, llevan el proceso y deciden los casos de faltas cometidas por servidores públicos de manera justa y objetiva.

Texto oficial

Artículo 197. Las magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, ejercerán su función con independencia e imparcialidad. Investigación, substanciación y resolución de procedimientos de responsabilidad administrativa

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.