Artículo 222 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial (el grupo completo de jueces que toman las decisiones más importantes) se encarga de resolver cuando haya dos o más comisiones internas que hayan dado fallos distintos sobre un mismo asunto. Esas comisiones tienen la obligación de seguir la decisión que el Pleno tome, y también las razones que dé para justificarla. En pocas palabras, esto evita que haya confusión o reglas diferentes para casos iguales.
Texto oficial
Artículo 222. El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, resolverá las contradicciones que se susciten entre los precedentes vinculantes que emitan las comisiones del Tribunal de Disciplina Judicial. Las razones que justifiquen las resoluciones serán vinculantes para las comisiones, de conformidad con la normatividad que resulte aplicable. Competencia del Pleno del Tribunal Superior de Justicia para resolver contradicción de criterios
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