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Artículo 245 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Órgano de Administración Judicial, siguiendo una sugerencia del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, va a decidir cómo estará organizada internamente la Unidad de Substanciación de Procedimientos de Responsabilidades Administrativas. Esto lo hará mediante reglas generales. Esa estructura servirá para que la persona encargada de esa unidad pueda hacer su trabajo contando con el apoyo necesario, como personal o recursos. También se menciona una Unidad de Evaluación del Desempeño, que es otra área que probablemente revisa cómo trabajan los funcionarios. En pocas palabras, se define cómo se va a organizar un equipo para que la unidad funcione bien.

Texto oficial

Artículo 245. El Órgano de Administración Judicial a propuesta del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, mediante la emisión de acuerdos generales, establecerá la estructura orgánica a través de la cual, la persona que sea designada como titular de la Unidad de Substanciación de Procedimientos de Responsabilidades Administrativas, se apoyará para ejercer sus funciones. Unidad de Evaluación del Desempeño

Ver ley oficial en el DOF (pág. 72) ↗

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