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Artículo 254 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Evaluación del Desempeño va a tener todos los trabajadores que necesite para hacer su chamba bien. Estos empleados serán los que se encarguen del trabajo diario, como los operativos. En pocas palabras, el artículo dice que esta oficina puede pedir el personal que sea necesario y que se ajuste a lo que necesita para cumplir sus funciones.

Texto oficial

Artículo 254. La Unidad de Evaluación del Desempeño contará con el personal operativo que requiera para el adecuado ejercicio de sus funciones. Plantilla operativa de la Unidad de Evaluación del Desempeño

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

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