Artículo 321 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien comete una falta en el trabajo, se revisa qué tan grave fue y, si se amerita, se le aplica un castigo. Para decidir eso, se usan las reglas que están en los artículos 79 a 84 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México. Si la falta es muy seria, el castigo puede ser despedir a los jueces o magistrados que trabajan en el Poder Judicial. Esto aplica tanto para hombres como para mujeres en esos puestos.
Texto oficial
Artículo 321. Las faltas serán valoradas y, en su caso sancionadas, de conformidad con los criterios establecidos en los artículos 79 a 84 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios. Destitución de magistradas, magistrados, juezas y jueces
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