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Artículo 327 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 327 dice que los oficiales mayores ayudan a los secretarios de acuerdos, incluso en los juicios de amparo (que son para proteger tus derechos cuando una autoridad los viola). Ellos son los encargados de llevar los libros de la sala del tribunal y de revisar que las copias de las sentencias (ejecutorias) sean iguales a los documentos originales. Para comprobarlo, firman al margen de esos papeles con su rúbrica (su firma especial), lo que garantiza que esos documentos son auténticos y no falsos. También menciona que los actuarios (los que notifican y hacen diligencias) tienen fe pública, o sea, su palabra es creíble como si fuera de un juez en ciertos trámites.

Texto oficial

Artículo 327. Las y los oficiales mayores son auxiliares de las secretarias y secretarios de acuerdos, incluyendo el trámite de los juicios de amparo. Llevarán los libros de la sala y tendrán a su cargo el cotejo de los testimonios de las ejecutorias con sus originales, asentando al margen su rúbrica, para acreditar la autenticidad de estos documentos. Fe pública de las y los actuarios

Ver ley oficial en el DOF (pág. 93) ↗

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