Artículo 331 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que trabajan como secretarias o secretarios de acuerdos en los juzgados tienen la obligación de enviar, con tiempo, los expedientes (carpetas del caso) y las instrucciones necesarias a la central de actuarios. Esto incluye todos los documentos que se requieran para que los actuarios puedan hacer su trabajo, como notificar a las personas involucradas o ejecutar órdenes del juez. La idea es que no se dejen hasta el último momento, para que todo el proceso judicial funcione sin retrasos.
Texto oficial
Artículo 331. Las secretarias o secretarios de acuerdos deberán remitir a las centrales de actuarias o actuarios, con la debida oportunidad, los expedientes e instructivos acompañados de las constancias necesarias para su diligenciación. Obligaciones de las servidoras y servidores públicos que desempeñan funciones jurisdiccionales
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