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Ley
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
Artículo
332

Artículo 332 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jueces, magistrados y demás personal que trabaja en los juzgados tienen obligaciones claras. Deben tratar con respeto y amabilidad a las personas que van a juicio, a los abogados y al público en general. Su trabajo debe hacerse a tiempo, sin retrasar documentos ni diligencias sin una razón válida. También tienen que llegar puntual a su horario laboral y a eventos oficiales, usar el uniforme del Poder Judicial con su gafete de identificación, y mantenerse actualizados con cursos para ofrecer un mejor servicio, incluyendo temas de derechos humanos y perspectiva de género.

Texto oficial

Artículo 332. Las servidoras y servidores públicos que desempeñan funciones jurisdiccionales tendrán las siguientes obligaciones: I. Tratar con cortesía a las y los litigantes, abogadas, abogados patronos y al público; II. Despachar puntualmente los oficios; III. No retardar las diligencias que se les encomienden o negarse injustificadamente a practicarlas; IV. No retardar el turno de las promociones a los juzgados correspondientes; V. Concurrir en las horas reglamentarias al desempeño de sus labores, y asistir puntualmente a la celebración de ceremonias o actos oficiales del Poder Judicial o cursos de capacitación o reuniones de trabajo a los que sea convocado; VI. Usar el uniforme institucional conforme a los lineamientos que expida el Órgano de Administración Judicial, así como portar el fistol y gafete de identificación oficial; y VII. Actualizar de manera constante los conocimientos jurídicos para mejorar el servicio impartido en los órganos jurisdiccionales, a través de los cursos de inducción programados por el Poder Judicial, así como aquellos que permitan conocer herramientas con perspectiva de derechos humanos, de infancia y género. CAPÍTULO SEGUNDO Licencias, ausencias y renuncias de las servidoras y los servidores públicos Licencias de las servidoras y los servidores públicos

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México (pág. 94) ↗

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