Artículo 339 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres servidor o servidor público y te ausentas de tu trabajo sin una razón válida por más de tres días seguidos dentro del mismo mes, te van a correr de tu puesto y la plaza quedará vacía. Esto aplica igual para quienes trabajan en juzgados o tribunales. No importa si eres hombre o mujer, la regla es la misma para todos.
Texto oficial
Artículo 339. Cuando cualquier servidora o servidor público se ausente de sus labores sin causa justificada por más de tres días en un periodo que no exceda de un mes calendario, serán cesados de su empleo, cargo o comisión, quedando vacante la plaza respectiva. Ausencias temporales de las servidoras y servidores públicos adscritos a un órgano jurisdiccional
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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