Artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los jueces de los tribunales superiores (salas colegiadas y tribunales de alzada) se turnan para ser el "juez de la semana". Ese juez se encarga de recibir y tramitar los asuntos que presenten las partes en el juicio, pero siempre con el visto bueno de los demás jueces del mismo tribunal. Esto aplica también para los jueces de la Sala Constitucional y de la Sala de Asuntos Indígenas.
Texto oficial
Artículo 43. Las magistradas y los magistrados de las salas colegiadas, y de los tribunales de alzada desempeñarán por turno el cargo de magistrada o magistrado semanero, el cual deberá proveer lo conducente a las promociones de las partes, con la aprobación de los demás integrantes de la misma. Excusas e impedimentos de las magistradas y los magistrados de la Sala Constitucional, de la Sala de Asuntos Indígenas, de salas colegiadas y tribunales de alzada
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