Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 67 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando se elige a una jueza o un juez, ellos tienen que prometer ante la Legislatura (que es el Congreso del Estado) que van a cumplir con su trabajo siguiendo la ley. A eso se le llama "tomar protesta", y es como un juramento formal que deben hacer antes de empezar a trabajar.

Texto oficial

Artículo 67. Las juezas y jueces que sean elegidas y elegidos tomarán protesta ante la Legislatura. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 04 de septiembre de 2025. Última reforma POGG: 10 de abril de 2026. LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO 21 Toma de protesta de servidoras y servidores públicos distintos de magistradas, magistrados, juezas y jueces

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.