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Ley
Ley de Cambio Climático del Estado de México
Artículo
18

Artículo 18 de la Ley de Cambio Climático del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión se va a juntar a trabajar de manera normal al menos dos veces cada año. Para que pase eso, el Secretario Técnico tiene que mandar una invitación, pero solo si el Presidente le da la orden. También se pueden hacer juntas fuera de lo normal, llamadas extraordinarias, si el Presidente lo propone. En pocas palabras, el jefe puede pedir reuniones especiales cuando él lo decida.

Texto oficial

Artículo 18.- La Comisión sesionará en forma ordinaria por lo menos 2 veces al año, previa convocatoria que haga su Secretario Técnico por instrucciones del Presidente, y de forma extraordinaria a propuesta de su Presidente.

Ver texto oficial de la Ley de Cambio Climático del Estado de México (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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