Artículo 22 de la Ley de Cambio Climático del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno del Estado y los municipios planeen cómo mejorar el Estado, tienen que incluir las ideas y reglas para combatir el cambio climático que están en esta ley, y también las de otras leyes que tengan que ver con el mismo tema. En pocas palabras, al hacer planes para el desarrollo, deben tomar en cuenta lo que dice la Ley de Cambio Climático y otras leyes parecidas.
Texto oficial
Artículo 22.- En la planeación democrática para el desarrollo del Estado y sus Municipios serán considerados los principios e instrumentos de la política estatal en materia de cambio climático previstos en la presente Ley, así como aquellos otros contenidos en leyes relacionadas con las materias que regula este ordenamiento. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 19 de diciembre de 2013. Última reforma POGG: 16 de mayo de 2025. LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO DEL ESTADO DE MÉXICO 15
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