Artículo 23 de la Ley de Cambio Climático del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 23 habla sobre el PEACC, que es un programa especial del gobierno del Estado de México para enfrentar el cambio climático. Su objetivo es definir qué acciones y proyectos se van a hacer a corto, mediano y largo plazo, tanto para adaptarse al cambio climático como para reducir los gases que lo provocan. Este programa se hace al inicio del gobierno del gobernador o gobernadora y debe seguir lo que dice la Estrategia Nacional de Cambio Climático. El PEACC dura mientras esté ese gobierno en turno, pero tiene metas a largo plazo que los próximos gobiernos deben tomar en cuenta para asegurar que lo importante no se pierda.
Texto oficial
Artículo 23.- El PEACC constituye el programa especial que ordena los objetivos, metas y prioridades, así como las acciones y proyectos a realizarse en el corto, mediano y largo plazo, con el objeto de lograr la adaptación al cambio climático, así como la mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios. Será elaborado al inicio del periodo constitucional de gobierno del Ejecutivo Estatal y será congruente con la Estrategia Nacional de Cambio Climático y el Programa Especial de Cambio Climático. Su vigencia se limitará al período constitucional correspondiente o hasta la publicación del PEACC que lo sustituya, aunque incluirá metas de largo plazo que deberán ser consideradas en la elaboración de los programas subsecuentes, con el objeto de garantizar la continuidad y consecución de aquéllas que por su importancia adquieran el carácter de prioritarias, o que sean consideradas de largo plazo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.