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Artículo 24 de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo será el encargado de revisar cómo se está aplicando la Política Pública, para saber si se están cumpliendo las reglas y objetivos que deben seguir las dependencias y entidades encargadas del cuidado infantil. También servirá para ver si los servicios que se dan realmente están beneficiando a las niñas y los niños, y qué tanto impacto tienen en ellos. En pocas palabras, es como una revisión para asegurarse de que todo esté funcionando bien y ayudando a los pequeños.

Texto oficial

Artículo 24. La Política Pública será evaluada por el Consejo, para conocer el grado de cumplimiento de los principios, objetivos, criterios, lineamientos y directrices a seguir por las dependencias y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 05 de febrero de 2014. Última reforma POGG: 05 de abril de 2024. LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL EN EL ESTADO DE MÉXICO 12 entidades en la materia, así como medir el impacto de la prestación de los servicios en las niñas y los niños.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.