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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley203/39
Ley
Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México
Artículo
39

Artículo 39 de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los negocios o servicios están obligados a cuidar los datos personales de sus empleados y clientes, como nombres, direcciones o teléfonos. Tienen que usarlos solo para lo necesario y nunca compartirlos sin permiso. La ley dice que deben proteger esa información en todo momento, para que no haya filtraciones o malos usos. Si no lo hacen, pueden meterse en problemas.

Texto oficial

Artículo 39. En todo momento se deberá proteger y garantizar la integridad y el buen uso de los datos personales de prestadores de servicios, empleados y usuarios del servicio.

Ver texto oficial de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.