Artículo 6 de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los que cuidan o atienden niños en guarderías, estancias infantiles o lugares similares deben cumplir con la ley que estamos viendo, además de todas las demás reglas oficiales que les apliquen. Eso incluye tanto leyes como reglamentos o instrucciones de las autoridades. No pueden andar haciendo lo que quieran; tienen que seguir las mismas reglas que ya están escritas en otros lados. Básicamente, cualquier persona o negocio que se dedique al cuidado de niños está obligado a respetar todo lo que dice esta ley.
Texto oficial
Artículo 6. Los prestadores de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil quedan sujetos a las disposiciones legales y administrativas aplicables y a lo dispuesto en la presente Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.