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Artículo 37 de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La información que se consiga con equipos y sistemas tecnológicos (como cámaras o dispositivos de rastreo), siguiendo lo que dice esta ley, se puede usar como evidencia en juicios o ante una autoridad. Es decir, sirve para demostrar algo en un proceso legal, siempre y cuando se haya obtenido de forma legal. Básicamente, la autoridad puede tomar esos datos como prueba para resolver un caso.

Texto oficial

Artículo 37. La información obtenida con equipos y sistemas tecnológicos en términos de esta Ley, podrá constituir un dato o medio de prueba en los procedimientos seguidos ante las autoridades competentes y la legislación aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.