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Artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

A más tardar el 4 de septiembre del año en que se renuevan los diputados, los que fueron electos se juntan con ayuda de la Comisión Instaladora (un grupo temporal que organiza el arranque) y eligen, con votos escritos en papelitos y por mayoría, a la Directiva, que es el equipo de líderes del Congreso. Este equipo tiene un presidente o presidenta, dos vicepresidencias y las secretarías necesarias para que cada partido político con diputados tenga un lugar, aunque los partidos pueden decidir no participar. El o la presidenta se queda en el cargo todo el año, dirigiendo las sesiones normales, las extraordinarias y la Diputación Permanente (el grupo que trabaja cuando el Congreso está en receso). Los demás miembros de la Directiva cambian cada mes.

Texto oficial

Artículo 17.- A más tardar el 4 de septiembre del año de renovación de la Legislatura, con intervención de la Comisión Instaladora, los diputados electos se reunirán y elegirán mediante votación por cédula y por mayoría de votos a la Directiva, que se integrará por una Presidencia, dos Vicepresidencias y las Secretarías suficientes para asegurar la participación de cada Grupo Parlamentario, pudiendo optar estos por no ejercer dicho derecho. La Persona Titular de la Presidencia fungirá durante todo el año del ejercicio constitucional, y presidirá los periodos ordinarios, extraordinarios y la Diputación Permanente que corresponda. Los demás integrantes de la Directiva serán renovados mensualmente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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