Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Congreso del estado (o la Diputación Permanente cuando esté cerrado) revisará si las razones que da el Gobernador para renunciar o pedir una licencia son válidas. Después de evaluarlas, decidirá qué hacer al respecto. Básicamente, no es automático: los diputados verifican si la excusa es buena y luego toman una decisión.
Texto oficial
Artículo 31.- La Legislatura o la Diputación Permanente en su caso, calificará las causas que motiven la renuncia o licencia del Gobernador y resolverá lo conducente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.