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Ley
Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
Artículo
39

Artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Asamblea puede decidir sobre todos los temas que la Constitución y las leyes le encarguen al Poder Legislativo, es decir, a los diputados y senadores. En pocas palabras, tiene el poder completo para tratar cualquier asunto que legalmente le corresponda a quienes hacen las leyes en México.

Texto oficial

Artículo 39.- La Asamblea tendrá competencia plena sobre todos los asuntos y materias que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución y otras leyes atribuyan al Poder Legislativo.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México (pág. 10) ↗

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