- Ley
- Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
- Artículo
- 39
Artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Asamblea puede decidir sobre todos los temas que la Constitución y las leyes le encarguen al Poder Legislativo, es decir, a los diputados y senadores. En pocas palabras, tiene el poder completo para tratar cualquier asunto que legalmente le corresponda a quienes hacen las leyes en México.
Texto oficial
Artículo 39.- La Asamblea tendrá competencia plena sobre todos los asuntos y materias que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución y otras leyes atribuyan al Poder Legislativo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.