Artículo 7 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Gobernador del estado y el presidente del Tribunal Superior de Justicia tienen que ir a la primera sesión del año del Congreso local. También pueden ser invitados a otras sesiones importantes o especiales que organice la Legislatura.
Texto oficial
Artículo 7.- El Gobernador del Estado y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia asistirán a la apertura de sesiones ordinarias del primer período. Asimismo podrán ser invitados a sesiones solemnes o especiales que celebre la Legislatura.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.