Artículo 75 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 75 enumera tres grupos de trabajo dentro de un tribunal, que se encargan de tareas específicas como revisar casos antes del juicio, investigar a funcionarios públicos, o preparar informes. Estos grupos se llaman "comisiones jurisdiccionales" y sus nombres son: De Examen Previo, Sección Instructora del Gran Jurado, y De Instrucción y Dictamen. La ley y otras reglas oficiales definen quiénes las forman, qué pueden hacer y cómo operan, pero no se explica aquí. En resumen, solo se mencionan sus nombres y que su funcionamiento depende de otras leyes.
Texto oficial
Artículo 75.- Las comisiones jurisdiccionales serán las siguientes: - De Examen Previo; - Sección Instructora del Gran Jurado; - De Instrucción y Dictamen. Su integración, atribuciones y funcionamiento se regirán por lo previsto en la ley y en las disposiciones legales relativas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.